Absolutismo: Sistema político en el cual el poder del gobernante no tiene ningún límite legal. En su forma de monarquía absoluta fue un régimen muy habitual en Europa durante los siglos XVI al XVIII. Los monarcas absolutos pretendían disponer de la totalidad del poder sin discusión y su legitimidad les venía de Dios (monarquías de derecho divino), del que se consideraban representantes en la tierra. Por esta razón los monarcas absolutos consideraban que su autoridad no tenía límites ni podía ser cuestionada.

 

 

 

 

 

 

Bancarrota: Situación en la que se encuentra un particular, una empresa o un estado endeudados al declararse incapaces de devolver las cantidades debidas.

 

 

 

 

Burguesía: Nombre con el que se alude a aquellas personas que viven en las ciudades y que desempeñan funciones como artesanos, comerciantes, banqueros, empresarios, profesionales como médicos, abogados, jueces... De una forma más extensa se puede referir a todas aquellas personas que ni pertenecen al grupo de los privilegiados ni son campesinos.

Calendario republicano: Nuevo calendario que impuso la Convención como forma de marcar la nueva era republicana que Francia iniciaba. El año I comenzaría el 22 de septiembre de 1792, equinoccio de otoño. El año estaría compuesto por 12 meses de treinta días. Estos meses tendrían nombres que hacían referencia a circunstancias climáticas o labores agrícolas típicas en esos meses: nivoso, ventoso, vendimiario... Cada mes estaría dividido en tres décadas de diez días cada uno. Al final del mes Fructidor se añadirían los cinco días que faltaban para los 365. Uno de cada cuatro años serían seis los días añadidos.

Constitución: Ley fundamental de un estado que establece las normas básicas para la organización de los diferentes órganos de su gobierno, así como las relaciones entre estos. En las Constituciones suelen aparecer descritos los derechos (declaración de derechos) y deberes de los habitantes de un estado, la organización y la relación entre los diferentes poderes del estado (legislativo, ejecutivo y judicial). Modernamente se relacionan con la existencia de regímenes liberales y democráticos, en los cuales la Constitución pone límites al poder de los gobernantes (se reconoce la soberanía nacional) y protege los derechos de los gobernados.

Crisis de subsistencia: Desequilibrio económico periódico que sacudía a las poblaciones a causa de la irregularidad de las cosechas. Cuando se producía una mala cosecha inmediatamente se iniciaba una sucesión de acontecimientos: escasez de alimentos, subida de precios y hambre. La consecuencia final era un aumento espectacular de la mortalidad que en unos pocos meses podía terminar con el crecimiento de la población de varios años. Estas crisis son características de la época preindustrial.

Déficit público: Situación que se produce cuando los gastos de un estado superan a los ingresos que ese estado obtiene mediante el cobro de impuestos.

Derechos feudales o señoriales: Son aquellos derechos tradicionales (en muchos casos existentes desde la Edad Media) que disponían los grandes señores propietarios de tierras sobre los campesinos. Habitualmente el señor aplicaba justicia en su jurisdicción, cobraba impuestos a sus campesinos, obligaba a estos a trabajar en sus tierras o a utilizar instalaciones propiedad del señor (como el molino), e incluso debía dar su autorización para que cualquier campesino contrajese matrimonio.

Dictadura: Forma política de gobierno en la que quien está en el poder lo hace sin el consentimiento de los gobernados. En las dictaduras el gobernante ejerce el poder al margen de las leyes, no acepta ningún tipo de control democrático, normalmente concentra en sus manos todos los poderes y suspende las principales libertades individuales. Habitualmente las dictaduras son producto de un golpe de estado militar que puede contar con apoyos civiles más o menos amplios.

División de poderes:  Idea propugnada por Montesquieu en su obra El espíritu de las leyes. Para asegurar el respeto a los derechos de los ciudadanos, el Liberalismo dividió las competencias de la soberanía entre tres poderes, que debían equilibrarse entre sí, evitando  el predominio de uno sobre los demás: el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El legislativo elabora las leyes (Parlamento) y controla las acciones del segundo; éste (ejecutivo) lleva a cabo la acción de gobierno aplicando las leyes; el tercero( judicial) dilucida de forma independiente las disputas legales.

El Gran Miedo: Período de tiempo situado entre los últimos días de julio y los primeros de agosto de 1789 durante el cual los campesinos se lanzaron al ataque sobre castillos y monasterios con la intención de quemar los archivos donde estaban los documentos que les imponían los pagos y obligaciones a los señores (derechos señoriales) de la Nobleza y la Iglesia. Asustados por estos acontecimientos los diputados de la Asamblea redactaron el 4 de agosto el decreto que abolía los derechos señoriales en Francia, derechos que, en muchos casos, llevaban vigentes varios siglos.

Estados Generales: En Francia asambleas en las que el Rey convocaba a los representantes de los tres estamentos (nobleza, clero y tercer estado) de todas sus provincias, generalmente para solicitarles nuevos impuestos. Se suponía que los Estados Generales actuaban como una especie de conexión entre el rey y su pueblo, y que a través de ellos el monarca escuchaba y atendía a sus súbditos.

Estamento: Grupo social típico del Antiguo Régimen basado en las diferencias jurídicas, lo que comportaba una enorme desigualdad social entre los miembros de los distintos grupos o estamentos. Tradicionalmente se distinguías tres estamentos: la nobleza, el clero ("privilegiados") y el tercer estado (el pueblo). Los estamentos privilegiados eran muy cerrados, y estaba claro que se pertenecía a ellos por herencia (la nobleza hereditaria). El gobierno, los cargos judiciales, los mandos del ejército y los altos cargos eclesiásticos estaban generalmente reservados a quienes pertenecían a la nobleza. El estamento es, por tanto, característico de una sociedad cuyo rasgo fundamental es la desigualdad ante la ley.

Girondinos:  Nombre con el que se designa a un grupo de diputados de la Asamblea Legislativa y de la Convención. Durante la Convención eran los representantes de la burguesía moderada y defienden la propiedad privada y el liberalismo económico frente las tendencias sociales de los jacobinos y los sans-culottes. Formaron gobierno al comienzo de la Convención, pero luego pasaron a la oposición e incluso sufrieron la persecución política durante la era del Terror.

Golpe de estado: Proceso por el cual se suspenden las leyes existentes en un estado mediante el uso de la fuerza. Normalmente suele estar implicado en el golpe el ejército de ese estado, que suele tomar al asalto los edificios donde residen los órganos del poder (Parlamentos, residencias del jefe de estado...) y, desde el siglo XX, las sedes de los más importantes medios de comunicación de masas.

Gremio: Asociación formada por un grupo de personas que tienen un mismo oficio (artesanos o comerciantes) en una localidad. Normalmente tenía como misión controlar las normas de su oficio: precios de los productos, su calidad, la cantidad diaria producida, las materias primas utilizados, los horarios de trabajo, festividades... En la práctica impedían que cualquier persona que no formase parte del gremio ejerciese ese oficio.

Jacobinos: Nombre con el que se designa a un grupo de diputados que participaron primero en la Asamblea Legislativa y luego en la Convención. Eran de ideas republicanas y pidieron (y consiguieron) la ejecución del Rey. Tomaron medidas de tipo socializante e impulsaron la Constitución del año I, en la que se aprobó el sufragio universal. Gobernaron durante buena parte de la Convención mientras contaron con el apoyo de las masas populares parisinas. Uno de sus dirigentes, Robespierre, será el personaje capital de los años 1793 y 1794 durante los cuales, gobernando de forma dictatorial, utilizó como medio de lucha política la violencia, en una etapa (el Terror) en la que se ejecutaron a miles de sus adversarios políticos.

Liberalismo político: Filosofía política originada en el siglo XVIII que nace como oposición al despotismo que suponen las monarquías absolutas. El liberalismo propone como alternativa la existencia de formas de gobierno representativas (los gobernados eligen a sus representantes). El liberalismo recibe su nombre porque se supone que el objetivo último de esa forma de gobierno sería garantizar las libertades individuales de los ciudadanos, para lo cual estas libertades son recogidas en una constitución que establece la separación de poderes y la aconfesionalidad (no tiene religión oficial) del estado.

Liberalismo económico: Teoría económica impulsada por la burguesía que se basa en libertad de producción, comercio y en la existencia de la libre competencia entre productores, para lo que exige la ausencia de intervención del estado en la economía. Se rige por el libre juego de la oferta y la demanda que marca los precios de los productos, las cantidades producidas... Adam Smith, considerado el padre de esta teoría económica, insistía en la necesidad de la libre circulación de productos y en la limitación del papel del estado en la economía  a mantener el orden interno, defender el territorio nacional y encargarse de aquellas obras públicas que la iniciativa privada no realice.

Monarquía liberal: Sistema político que, a diferencia de la monarquía absoluta en la cual el rey dispone de todos los poderes y ningún organismo limita su autoridad, los poderes del monarca se ven recortados por la existencia de un Parlamento elegido por votación y por la publicación de una Constitución cuyas disposiciones legales se encuentran por encima de los poderes reales. Las revoluciones sucedidas en Gran Bretaña en el siglo XVII, la sucedida en Francia en 1789 y las que se darán en otros países europeos en los siglos XIX y XX instalarán en buena parte de Europa este sistema de gobierno.

Nacionalización: Proceso mediante el cual el estado se hace con un bien de propiedad privada que, desde ese momento, pasa a ser de propiedad pública. Normalmente, el individuo o individuos que ven como se le expropia ese bien reciben algún tipo de compensación o pago. La justificación para nacionalizar una propiedad privada es que con esto se beneficia al conjunto de una sociedad, esto es, un bien privado puede dejar de serlo en función de su interés social.

Poder ejecutivo: Función del estado consistente en hacer cumplir las leyes. El poder ejecutivo suele recaer en el gobierno, que se encarga de tomar decisiones que permitan llevar a la práctica las leyes, "ejecutar" las leyes propuestas por el órgano legislativo.

 

Poder judicial: Función del estado consistente en administrar justicia, esto es, tomar decisiones ante los problemas que surgen entre los seres humanos al aplicarse las leyes. Este poder reside en los jueces, a los que se supone conocedores de la ley, quienes, en función de ese conocimiento, deciden si algún ciudadano u organización se ha comportado de acuerdo con las leyes o no.

 

Poder legislativo: Función del estado consistente en redactar nuevas leyes, y en reformar o suspender las antiguas. En las democracias o en los sistemas liberales que se instalan en el mundo desde fines del siglo XVIII suele estar en manos de un Parlamento elegido por votación popular. 

 

República: Forma de gobierno en la cual el jefe del estado no lo es de forma hereditaria (como en una monarquía donde el poder pasa de padres a hijos y se ejerce hasta la muerte), sino que los estados republicanos están gobernados por personas que han sido elegidos por votación popular. Modernamente, sin embargo, el concepto de república no siempre se identifica con democracia, y ha acabado por significar cualquier tipo de régimen que no sea una monarquía hereditaria.

Revolución: Cambio rápido y radical de la organización política y social de un país, sucedido al margen de las leyes vigentes, y en muchas ocasiones con uso de la violencia. Como forma de cambio se opone a la idea de reforma, que sería un cambio moderado y realizado sin violencia como resultado, muchas veces, de la negociación de quienes están en el poder con quienes forman la oposición.

Sans-culottes: Con ese nombre se designaba a los miembros de las masas populares parisinas que, en general, apoyando desde la calle las posiciones de los diputados jacobinos, influyeron en algunas de las decisiones más radicales de la época revolucionaria: la deposición del rey, su condena a muerte, la proclamación de la república, la fijación de precios máximos a los productos de primera necesidad... Tras la caída de Robespierre en 1794 su influencia fue muy reducida.

Santa Alianza: Pacto mediante el cual las monarquías absolutas europeas se ponen de acuerdo para prestarse ayuda mutua para reprimir posibles brotes revolucionarios en sus respectivos reinos. El acuerdo pretendía ser una defensa del cristianismo contra sus enemigos, aunque en realidad era un tratado militar para la defensa del absolutismo contra sus enemigos liberales y demócratas. En la práctica obtendrán éxitos como en 1823, cuando tropas enviadas por la Santa Alianza terminen con los gobiernos liberales instalados en España y Portugal.

Soberanía Nacional:  Este concepto reconoce que el origen del poder se encuentra en el conjunto de los habitantes de un país, la nación. En las constituciones liberales y democráticas se menciona este principio, contemplándose su aplicación (el gobierno del pueblo por el pueblo) mediante la elección de representantes.

Sociedad estamental: Es la propia del Antiguo Régimen,  en la que la posición del individuo se definía por su situación jurídica y por la posesión de unos privilegios determinados. Opuesto al concepto de clase social, que clasifica a los individuos en función de su posición económica.

Sufragio censitario: La palabra sufragio se refiere al derecho de algunas personas para elegir a sus representantes o para aprobar o rechazar una ley. En el sufragio censitario sólo pueden votar los individuos que gozan de un nivel determinado de renta (normalmente propietarios de tierras o negocios de diversa clase). Este sistema de votación define a los regímenes liberales. Se organizaba fijando un límite mínimo de impuestos que una persona debería pagar para ejercer el derecho al voto, y también un límite educativo mínimo. Esto significaba habitualmente que los pobres y los analfabetos quedaban marginados del derecho al voto. Por ejemplo, en la Constitución francesa de 1791, en su artículo 27 se exigía para poder votar, pagar en forma de impuestos el equivalente a tres días de trabajo: "Pagar, en cualquier lugar del reino, una contribución directa igual al menos al valor de tres jornales y presentar el recibo".

Sufragio universal: El derecho al voto se extiende a todos los habitantes mayores de edad de un país, siempre entendiendo que, hasta el siglo XX, habitualmente este derecho sólo alcanzaba a los varones, por eso, en ocasiones se le define como sufragio universal masculino. Es un sistema de votación típico de las democracias que se instalan a partir del siglo XX.

Tercer estado: Nombre con el que en la sociedad estamental del Antiguo Régimen se conocía a quienes no pertenecían a ninguna de los estamentos privilegiados (nobleza y clero). Su papel en esta sociedad estamental era trabajar y pagar impuestos a sus señores y al estado. Lo componían en su mayor parte campesinos a los que habría que sumar la burguesía y los grupos populares de las ciudades.

 

Veto: Poder que tienen algunos órganos del estado, casi siempre el gobierno que dispone del poder ejecutivo, o el Jefe del Estado, para anular una ley aprobada por un parlamento.